La Asamblea General Extraordinaria del 21/10/2000 autoriza al Consejo Directivo a crear el Centro de Mediación Conciliación y Arbitraje dentro del ámbito institucional.
Esto se hace realidad con el dictado de la Res. 008/2001; la que en su art. 1º dice: CREAR el CENTRO DE MEDIACION del Consejo Profesional de Ciencias Económicas del Chaco, que funcionará en su Sede Central de Carlos Pellegrini Nº 212. El artículo 2º aprueba el Reglamento del mencionado Centro y el artículo 3º aprueba los Formularios a utilizar.-
¿Qué es la Mediación?
Es una negociación entre dos o más partes, asistida por un (o dos) tercero neutral, con el fin de que las mismas intenten encontrar la solución más apropiada a su propio conflicto.
El mediador es un tercero neutral, por cuanto es extraño e imparcial al proceso y a las partes, lo que permite cumplir adecuadamente su rol. No impone ni toma decisiones. No juzga, no evalúa y no decide.
Son las partes mismas quienes intentan encontrar una solución a su propio conflicto, ya que la decisión a la que se arribe será tomada por voluntad y propio convencimiento.
¿Para qué asuntos se utiliza?
Resolución de conflictos en un ámbito extrajudicial.
Es un servicio que alcanza: Acuerdo Preventivo Extrajudicial (A.P.E.), locaciones, propiedad horizontal, ejecución o resolución de contratos, indemnizaciones de daños y perjuicios, cuestiones de seguro, conflictos societarios, conflictos laborales, temas bancarios, solución de conflictos derivados de la emergencia económica, derecho de consumidor, ecología, medio ambiente, etc.-
En el ámbito de la comunidad, para resolver desavenencias familiares, régimen de visita, cuota alimentaria, división de bienes, convivencia, discusiones con vecinos por medianería, ruidos molestos, olores desagradables, animales domésticos, filtraciones, problemas con árboles, expensas, limpieza o cierre de terrenos baldíos, uso de espacios comunes y todo tipo de problemas vecinales, etc.
Confidencialidad
Se firma un convenio de confidencialidad, por lo que el mediador no podrá revelar lo sucedido en las sesiones, ante el Juez ni ante de terceros ajenos al marco de la mediación, ni los que las partes le confíen en sesión privada, salvo autorización previa.
Las partes y todos los que hayan intervenido o presenciado la mediación también se comprometen a respetar el deber de confiabilidad.
Ventajas
Nomina de Mediadores Inscriptos:
Directora Cra. Maria Ester Salazar
Cr. José Varela
Cra. Lia Machado
Cra. Silvana Insaurralde
Cr. Gastón Maximiliano Cabral